Términos y condiciones

CAMPAÑAS, PROMOCIONES, PLANES Y BENEFICIOS GENERALES DE LA MARCA

Plan de referidos 

  • Este programa no contempla rifas ni sorteos.
  • Podrán participar todos los clientes (a quienes se les llamará REFERENTES) de la Constructora Grupo Domus a quien se les llamará LA EMPRESA. Quedan excluidos los funcionarios de la empresa pertenecientes al área de ventas, de trámite y cartera. Los demás funcionarios podrán participar siempre y cuando sean clientes y tengan como mínimo un inmueble separado.
  • El referente que presente un cliente nuevo (o referido) debe haber comprado y escriturado cualquier proyecto de Grupo Domus o estar pagando la cuota de su inmueble. El referido debe estar en el proceso de escrituración de su nuevo apartamento y en caso de que parte del valor del inmueble sea financiado por alguna entidad bancaria, los beneficios del Plan Referido se harán efectivos hasta tanto el banco realice el desembolso correspondiente.
  • El referente recibirá un incentivo de 6 meses de administración gratis en uno de los proyectos en donde tenga inmuebles propios. Todo esto, siempre y cuando su referido haya comprado o esté en el proceso de escrituración de su inmueble.
  • El Plan Referidos Domus se reserva el derecho de rechazar la inscripción de toda persona que no reúna los requisitos para participar. El hecho de haberse inscrito y formulado un referido, no implica que se le deba entregar el incentivo.
  • La fecha de registro del referido en el formulario https://digital.grupodomus.com.co/plan-de-referidos-embajadores-domus debe realizarse por parte del referente antes de que este compre y/o tenga el primer contacto con alguno de nuestros asesores comerciales, de lo contrario el incentivo será negado.
  • Todos los registros están sujetos a validación tanto del referente como del referido. El proceso avanzará hasta tanto se logre la confirmación de dichos registros.
  • El referido debe ser un cliente nuevo (no aparecer en nuestras bases de datos). No aplica para traslados ni clientes retirados.
  • El programa aplica solo para personas naturales y para proyectos seleccionados por Grupo Domus.
  • Si un referido compra dos inmuebles, el incentivo solo será válido para el primer inmueble.
  • Si el referido no efectúa una compra en un plazo máximo de 3 meses a partir de la fecha de registro este será descartado.
  • En caso de que dos clientes (referentes) refieran a la misma persona (referido), primará el orden de ingreso del referido en la web.
  • Grupo Domus se comunicará con el cliente para informarle sobre la aprobación y disponibilidad para reclamar su incentivo.
  • Los clientes no podrán transferir referidos entre sí. En caso de comprobarse, no sumarán para obtener incentivos.
  • El incentivo es intransferible, no negociable, no canjeable, ni por otros bienes o servicios y tendrá validez hasta el 31 de diciembre del 2021.
  • Los favorecidos aceptan de antemano las condiciones bajo las cuales son elegidos, sin derecho a reclamar mejorías o cambios de ninguna manera.
  • Por razones de caso fortuito o fuerza mayor, se podrá suspender parcial o totalmente el presente plan, sin que ello implique remuneración o compensación hacia los participantes.
  • Los participantes de la promoción liberan a GRUPO DOMUS de toda responsabilidad, entendiendo que deciden participar en forma individual y por su propia voluntad y riesgo, por lo que aceptan y declaran que comprenden todas las cláusulas anteriores y renuncian a reclamar por cualquier medio, daño, pérdida o perjuicio alguno que se pueda ocasionar por el uso, disfrute o abuso de los beneficios del plan.
  • El simple acto de reclamar un plan referido, tal y como se describe en este reglamento, dará por hecho que los participantes, conocen de la existencia de las condiciones y limitaciones del plan, su incentivo y la participación, a las cuales se han adherido.

Beneficios 2×1

GRUPO DOMUS S.A.S. otorga un beneficio especial 2×1, para los compradores de sus proyectos de vivienda Colina del Viento y Terrazul. Los compradores de estos proyectos podrán participar en el sorteo de un apartamento, en el mismo proyecto en el que hayan invertido. Este beneficio 2×1 estará regido por las siguientes condiciones:

  1. Tanto el proyecto de vivienda Colina del Viento, como el proyecto de vivienda Terrazul, tendrá cada uno, un sorteo individual entre sus respectivos compradores. Los participantes serán todas las personas que firmaron promesa de compraventa y suscribieron con GRUPO DOMUS S.A.S. la respectiva escritura pública, por la cual se formaliza el negocio de compraventa. Los datos de contacto de estos compradores reposan en la base de datos de GRUPO DOMUS S.A.S.
  2. Una vez terminado el proceso de comercialización de cada proyecto, se sorteará el último inmueble disponible en el Conjunto Residencial Colina del Viento PH y el último inmueble disponible en el Conjunto Residencial Terrazul PH, después de que se hayan escriturado todas las demás unidades de vivienda.
  3. En caso de que existan múltiples compradores por apartamento, solo se concederá un derecho de participación en el sorteo a quien haya escriturado y firmado la promesa de compraventa directamente con GRUPO DOMUS S.A.S.
  4. Si la promesa de compraventa y la escritura pública fueron suscritas por una persona jurídica, el participante deberá ser el representante legal, quien deberá presentar el respectivo certificado expedido por la Cámara de Comercio en donde se evidencie que cuenta con poder amplio y suficiente, para representar a la persona jurídica en el sorteo.
  5. Será requisito obligatorio para otorgar el premio, que el ganador se encuentre presente al momento del sorteo, quien deberá exhibir su documento de identidad. En caso de que algún participante no pueda asistir el día del sorteo, podrá enviar a una persona en su representación, quien deberá presentar al ingreso del evento su documento de identidad; así como un poder especial, amplio y suficiente con firma del poderdante autenticada en notaría, en el cual se otorgue la facultad para representarle en el sorteo. Este poder será solo para la participación en el sorteo en representación del cliente comprador participante, y no otorga ningún otro derecho al apoderado(a).
  6. GRUPO DOMUS S.A.S. se reserva el derecho de excluir del sorteo a cualquier participante en caso de que se compruebe fraude en el registro y/o que sus datos no coincidan con los registros de la base datos de los compradores, que firmaron promesa de compraventa y suscribieron la escritura pública con GRUPO DOMUS S.A.S. en los respectivos proyectos.
  7. Para participar, el comprador no puede tener conflicto de interés o procesos legales contra GRUPO DOMUS S.A.S.
  8. GRUPO DOMUS S.A.S. será responsable por un (1) año de garantía sobre los acabados y líneas vitales del apartamento sorteado a partir de la fecha de escrituración.
  9. El apartamento será escriturado a la persona ganadora o a quien designe por escrito el ganador.
  10. El plazo máximo para suscribir y formalizar la escritura pública traspaso de la propiedad del apartamento por parte del ganador será de 30 días calendario después de la fecha del sorteo. De no realizarse la escrituración en este plazo, el apartamento quedará libre para ser comercializado por GRUPO DOMUS S.A.S.
  11. Desde el momento que se realiza la escrituración del apartamento, la persona ganadora se hará responsable de todos los gastos de administración, prediales entre otros que se puedan generar. Los gastos de escrituración y los impuestos que se deriven producto de la escrituración del apartamento también correrán por cuenta del ganador.
  12. El contenido o interpretación de las presentes reglas no podrá ser objetada por los participantes ya que la participación en el sorteo implica su total conocimiento y aceptación. En caso de no estar de acuerdo con estos términos y condiciones, la persona tiene derecho a no participar.